El Servicio de facturación electrónica del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi permite a los proveedores la remisión de las facturas a los órganos de la Administración que tienen la posibilidad de
recibir facturas electrónicas, así como la consulta de las mismas. El sistema remite la factura electrónica al órgano destinatario,
simplificando a los proveedores el envío de las mismas, al centralizar en un único punto todas las entidades del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi y al unificar el formato de factura electrónica.
El sistema proporciona a los proveedores dos mecanismos para la remisión de facturas electrónicas:
Es el más adecuado para autónomos y empresas que emiten pocas facturas o que no disponen de programas de gestión o ERPs que generen facturas electrónicas en formato facturae legalmente vigente. Las facturas electrónicas se introducen a través del portal web desde el cual pueden realizarse las operaciones básicas en la gestión de facturas: emisión, consultas, búsquedas….
Desde el portal web es posible realizar, entre otras, las siguientes operaciones:
• Dar de alta una factura y emitirla
• Importar una factura existente (en formato facturae legalmente vigente) a la plataforma. También es posible hacerlo en lote, ya que la importación se realiza a partir de un fichero zip que puede contener una o un grupo de facturas.
• Consultar las facturas emitidas y su estado e historial de tramitación con posibilidad de filtrar las mismas según diferentes criterios.
• Configurar los avisos por correo electrónico y otros datos de gestión.
Es el mecanismo adecuado para empresas que emiten un mayor número de facturas y que desean integrar su sistema de gestión o ERP con la plataforma de facturación electrónica para que el intercambio sea completamente automático.
Hay básicamente dos formas de integración entre un ERP y la plataforma:
• Integración mediante conector genérico: si su sistema de gestión de facturas no está integrado pero tiene la opción de generar facturas en el formato facturae legalmente vigente, es posible realizar igualmente la
integración/comunicación con la plataforma de manera prácticamente automática. Esto es posible gracias a un simple programa denominado "Conector genérico" que organiza y gestiona
de forma similar a un correo electrónico el envío de facturas: a través de un sistema de bandejas de entrada y de salida. Las facturas enviadas y recibidas son almacenadas en
diferentes directorios donde el ERP puede importarlas o exportarlas. Con este mismo conector podrá también descargarse el estado de las facturas a través de un similar sistema de
intercambio ficheros.
Puede encontrar el manual de uso y configuración así cómo descargarse este programa accediendo a “Instrucciones de uso y ayuda- Manuales”
• Integración a medida mediante servicios web: para aquellas organizaciones que tengan aplicaciones (ERPs) muy específicas y necesiten una integración más avanzada es necesario utilizar un interfaz de programación (API). A través de un desarrollo propio utilizando dicho interfaz basado en tecnología de servicios web, es posible enviar facturas a la plataforma.
Puede encontrar el manual de uso e instrucciones del interfaz accediendo a "Instrucciones de uso y ayuda- Manuales"
Los proveedores de bienes y servicios de las entidades que forman parte del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi mediante este Servicio pueden emitir facturas electrónicas dirigidas a las siguientes entidades:
Los proveedores de bienes y servicios de las entidades que forman parte del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi mediante este Servicio pueden conocer el estado de tramitación de las facturas:
•Registrada.La factura electrónica se ha registrado en el Registro telemático administrativo.
•Registrada en el RCF.La factura electrónica se ha registrado en el Registro contable de facturas.
•Aceptada.La factura electrónica está aceptada por el órgano competente.
•Rechazada.La factura electrónica ha sido rechazada por el órgano competente.
•Contabilizada.Se ha contabilizado la obligación reconocida.
•Pagada.Se ha contabilizado la orden de pago de la factura.
•Anulada.La factura electrónica ha sido anulada a petición del proveedor.
Para poder emitir facturas electrónicas, es necesario que el proveedor se dé previamente de alta en el Servicio de facturación electrónica mediante un medio de identificación electrónica de la Sede digital.